Ninguno de los Decretos que sobre la crisis del Coronavirus, ha aprobado el Gobierno de España hasta la fecha, prohíbe la actividad de las empresas dedicadas a la instalación y mantenimiento de sistemas de protección contra incendios. Por otra parte y como han afirmado las más importantes Asociaciones del sector, la instalación y mantenimiento de estos sistemas está directamente relacionada con la seguridad de las personas y sus bienes.
Decreto de estado de alarma en España
Por lo tanto las obligaciones derivadas de los Reglamentos que regulan este tipo de instalaciones, siguen en vigor. Aún en el supuesto que la empresa cliente esté cerrada voluntariamente o bien se dedique a actividades prohibidas en el Decreto del 14 de Marzo de 2020, sus equipos de protección contra incendios deben ser mantenidos adecuadamente según determina el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI 513/2017) en las Tablas de Mantenimiento mensual, trimestral, anual y quinquenal: Revisión y retimbrado de extintores, BIE’s, centrales de alarma y detectores, etc.
Profuego adapta más del 50% de su actividad al teletrabajo
Profuego entiende que, a pesar de la enorme tragedia que supone convivir con esta pandemia del coronavirus, gran parte de los trabajadores de la Central de Alicante y sus 27 Delegaciones repartidas por todo el territorio español, tendrán que continuar en activo, prestando ayuda en el mantenimiento de instalaciones como hospitales, centros agroalimentario, infraestructuras críticas, etc. Estas asistencias deben continuar para garantizar la seguridad de las personas, sobre todo en estos momentos más críticos.
El compromiso de Profuego y su red de Delegaciones Nacionales con la protección de las personas frente a los incendios continúa siendo seguro. Grupo Profuego ha lanzado un comunicado con motivo del estado de alarma por coronavirus para prestar su apoyo a la red de Delegaciones en función de las necesidades a las que se vean expuestas cada una de ellas, para frenar el avance del coronavirus Covid-19.
Extintores caducados
Al estar vigentes todos los reglamentos que regulan la instalación y mantenimiento de equipos de protección contra incendios y alarma, y al permitir las autoridades a los propietarios de las instalaciones cerradas, que puedan abrir los mismos para que el personal de mantenimiento cumpla con sus trabajos de prevención, mantenimiento y reparación, el propietario no debe negarse a hacerlo, la regulación del estado de alarma no suspende las obligaciones del contrato de instalación y mantenimiento de estos equipos.
Si ocurre un incendio en su establecimiento o comunidad de vecinos, el seguro de protección o responsabilidad civil que tenga contratado no va a cubrir el siniestro, ni va a abonar indemnización alguna si no tiene al día los mantenimientos de sus instalaciones.