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Requisitos para crear una empresa contra incendios en España

Desde el año 2011 se modificaron los requisitos a la hora de registrar empresas contra incendios. Antes de dicha fecha había que estar en disposición de al menos un carné de instalador de fontanería, este requisito ahora no es necesario pero si los que redactamos a continuación:

· Disponer de un Técnico Titulado (Ingeniero/Ingeniero Técnivo Industrial u otras titulaciones que sean competentes) El técnico podrá estar vinculado a la empresa mediante algunas de estas situaciones:

       – Contrato Laboral (dado de alta en el Régimen de la Seguridad Social que le corresponda)

· Podrán ser autorizados en los siguientes puntos del Registro de Sistemas de Protección contra Incendios:

       – Sistemas de Comunicación de Alarma.

       – Sistemas de Manuales de Alarma.

       – Sistemas de Abastecimiento de Agua.

       – Sistemas de Hidrantes de Exterior.

       – Extintores de Incendio.

       – Sistemas de Bocas de Incendio (BIE).

       – Sistemas de Columna Seca.

       – Sistemas de Extención por Aspersor.

       – Sistemas de Extinción por Agua Pulverizada.

       – Sistemas de Extinción por Espuma.

       – Extinción por Agentes Gaseosos.

· Para los siguientes puntos también podrá ser con un Ingeniero de Telecomunicaciones:

       – Sistemas de Detección Automática.

       – Sistemas Manuales de Alarma.

       – Sistemas de Comunicación de Alarma.

· Los operarios tienen que estar vinculados en la empresa y dados de alta, con decicación completa, en el Regimén de la Seguridad Socual que corresponda.

· El Seguro de Responsabilidad Civil (al corriente de pago) debe tener como actividad objeto de la póliza la normativa vigente para este tipo de regristo y el límite de capital asegurado por siniestro (desde 2011) es de 854.900€. Valor que tiene que actualizar anualmante con el IPC.

· El contrato (solo para mantenimiento de extintores) una vez realizada la comunicación  antes del inicio de la actividad, la empresa tendrá contratado el seguimiento de su actividad al menos con el Organismo de Control (OC). Si el contrato es con más de un OC se tendrá que definir previamente su aplicación en cada instalación (por emplazamiento, por tipo o por cualquier otra característica).

 Autorización para realizar carga y mantenimiento de extintores. La empresa mantenedora de extintores tendrá que disponer de la autorización del fabricante y/o importador de extintores para hacer las recgarfas y el mantenimiento, o bien un sistema de seguridad de la calidad en la actividad de mantenimiento de extintores reconocidos por una entidad autorizada.

· Medios técnicos materiales adecuados a su actividad. En caso de que la empresa comunique que hace un cambio de titular, tendrá que disponer además de:

      – Justificante de cambio de titular: Documento que acredite el cambio de titular de la empresa. Los documentos de los cuales hay que disponer son la escritura notarial de constitución de la sociedadm en caso de que el titular sea persona jurídica, y el contrato de compra-venta, contrato de alquiler, documento de cesión o similares, que hayan pasado el trámite correspondiente ante la agencia tributaria.

 

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