El documento que regula la extinción automática en cocinas es el Codigo Técnico de la Edificación en su Documento SI.
¿Cuando se debe colocar una extinción automática en la campana de una cocina?
En primer lugar debemos saber el riesgo de la cocina. En el DB-SI1 tabla 2.1 “Clasificación de los locales y zonas de riesgo especial integrados en edificios” se indica el riesgo que tiene la cocina según potencia instalada:
Riesgo bajo 20<P≤30 kW ; Riesgo medio 30<P≤50 kW; Riesgo Alto P>50 kW (kW térmico)
La tabla 4,1 del DB-SI4 indica que necesitarán extinción automática las cocinas en las que la potencia instalada exceda de 20 kW en uso Hospitalario o Residencial Público o de 50 kW en cualquier otro uso.
Para la determinación de la potencia instalada sólo se considerarán los aparatos directamente destinados a la preparación de alimentos y susceptibles de provocar ignición. Las freidoras y las sartenes basculantes se computarán a razón de 1 kW por cada litro de capacidad, independientemente de la potencia que tengan. Por tanto, no es preciso considerar los calientaplatos, frigoríficos, lavavajillas, aparatos para hielo, campanas extractoras, etc.
Los hornos cerrados, ya sean de fábrica o de cerramiento ligero, eléctricos o de gas, no computan a efectos de determinar la potencia instalada a considerar, ni son susceptibles de ser protegidos mediante sistema de extinción automática.
Extintor para cocinas y tipo de fuegos clase F
En nuestro post sobre tipos de fuego explicamos que el extintor de espuma de 6kg AFFF es el el mejor extintor portátil indicado para proteger de incendios en cocinas. El agente extintor tipo F es el más recomendable para extinguir incendios en cocinas. El mantenimiento de este sistema contra incendios es fundamental ya que la cocina es un lugar de alto riesgo de incendio, por lo que es importante que los sistemas tengan un contrato de mantenimiento con una empresa homologada. Grupo Profuego tiene más de 30 años de experiencia y es la empresa lider a nivel nacional.